de 1614:
El Concejo de Cartagena tuvo que sacar una Ordenanza donde prohibía la caza y talado en el Rincón de San Ginés habida cuenta de la enorme pérdida de especies que ya se estaba produciendo:
“Que ninguna persona de ningún estado, calidad y condición que sea, de aquí en adelante por el tiempo que fuese la voluntad de esta ciudad, cace perdices, ni conejos, ni liebres ni otra ninguna caza, con tiro de pólvora, lazos, perros, hurones, redes ni otro ningún armadijo, desde la mar de la Albufera de Pocico Marín por encima de los Mingotes a la punta del Sabinar a la loma arriba hasta el collado de la que va del sol por encima del cabezo de En medio derecho a la atalaya de Juntos y a la mar mayor, y las islas de la Albufera y Calnegre de la Manga y, en las dichas partes y lugares y de allí adentro hasta el Cabo de Palos, Calnegre y las islas de la Albufera hasta el término de Murcia y, como dicho es, nadie cace en la forma referida, ni corten leña de cepa, ni rama, ni otro ningún monte para hacer carbón, ni hagan el dicho carbón, ni saquen la dicha leña, sopena de tres mil maravedís y pérdida del arcabuz o escopeta y otro cualquier instrumento con que cazare… …se permite que se puedan sacar palmitos verdes y secos y, que los pastores que estuvieren dentro de lo vedado, puedan cortar leña para su servicio.”
Para el cumplimiento de la Ordenanza se asignaron cinco guardas arcabuceros al servicio del Regidor Capitán, Pedro Marqués de Rueda.